En esta publicación se va a hacer un repaso de las características que debe cumplir el almacenamiento de baterías de ión-litio.
Medidas para un almacenamiento transitorio (período muy corto de tiempo).
- La temperatura de almacenamiento estará entre 10ºC y 30ºC (si el lugar de almacenamiento no puede asegurar este rango de temperaturas, no se considerará adecuado).
- No deben estar expuestas a fuentes de calor, contaminantes gaseosos, derrames de líquidos o ambientes pulverulentos.
- No debe estar expuesta a ambientes húmedos.
- Deben estar protegidas contra daños mecánicos: las manipulaciones se deben realizar con medios que aseguren su correcta sujeción que impidan una posible caída o golpe. Respecto a posibles golpes con vehículos de manutención, como son las carretillas elevadoras. El almacenamiento debe estar correctamente señalizado y fuera de los pasillos de circulación de los vehículos. Si se entiende que aún así puede haber riesgo de golpes, se debe instalar protecciones físicas que eviten los citados impactos.
- Los polos de las baterías deben estar perfectamente aislados, impidiendo que puedan entrar en contacto con superficies metálicas, lo que podría producir cortocircuitos.
- El estado de carga de las baterías no debe superar el 40%. Además, no se deben realizar cargas de las baterías durante su almacenamiento.
- Hay que indicar también que no se aconseja el almacenamiento de baterías en sótanos.
- El estado de carga de las baterías no debe superar el 40%. Además, no se deben realizar cargas de las baterías durante su almacenamiento.

A continuación, explicamos las medidas que tendría que cumplir un almacenamiento que no sea transitorio:
Lo primero que hay que indicar que estas medidas son a mayores de las indicadas anteriormente.
- Se debe disponer de un lugar específico para su almacenamiento. Se considera recomendable que constituya un sector de incendio individualizado.
- Se deben instalar detectores de gases adecuados al tipo de batería, en el caso de ión-litio, detectores de Hidrógeno, HF y COV´s.
- Valorar la instalación de sistemas de extinción específicos, por agua nebulizada o gas inerte.
- El almacenamiento debe estar incluido en el Plan de Autoprotección de la instalación. Se debe disponer de procedimiento de actuación en caso de producirse una emergencia producida por las baterías.
- Se debe justificar por técnico competente si se considera zona de aplicación de la legislación de atmósferas explosivas. En caso de ser de aplicación, se deberá adecuar el almacenamiento a lo exigido por dicha legislación.
- Es importante también impartir una adecuada formación a los trabajdores, tanto de las medidas preventivas como de las de emergencia a adoptar.

Para tener en cuenta las medidas de separación hay que fijarse en la clasificación que hace la norma alemana VDS 3856:
| CLASIFICACIÓN POR POTENCIA SEGÚN VDS 3856 | ||
| NIVEL DE RIESGO | RIESGO | POTENCIA EN KWH |
| I | BAJO | < 1 |
| II | MEDIO | 1.0-50 |
| III | ALTO | ≥50 |
Riesgo bajo/nivel de riesgo I:
- Separación de espacio (al menos 2,5 m) de otros materiales combustibles.
- Valorar la instalación de sistemas de detección de incendios y gases (humo, temperatura, hidrógeno).
- En el caso de almacenamiento sobre el suelo, los bloques de almacenamiento tendrán una superficie máxima de 20 m2, con una distancia de seguridad de 2,4 metros entre bloques y una altura máxima de almacenamiento de 1,5 metros.
Riesgo bajo/nivel de riesgo I: Además de las medidas del punto anterior se deben implementar las siguientes.
- Separación de espacio (al menos de 5 m) de otros materiales combustibles.
- Instalación de sistemas de detección de incendios y gases, automáticos conectados a central de incendios y a señal acústica y/o visual en el propio centro.
- Valorar la instalación de superficies de alivio de presión o dispositivos de descompresión de emergencia, en caso de baterías de medio o gran tamaño para dirigir las posibles explosiones de forma segura.
- Valorar la instalación de sistemas de monitorización de la temperatura del almacenamiento, incluyendo alarmas y procedimientos de actuación y emergencia en caso de que dicha temperatura supere los 60 ºC.
- Valorar la instalación de sistemas de extracción de gases.
Riesgo bajo/nivel de riesgo I: Además de las medidas de los puntos anteriores se deben implementar las siguientes.
- Se recomienda limitar la capacidad máxima por pila, siendo una pila el conjunto de unidades de almacenamiento existentes dentro de un área de almacenamiento. Para considerar dos pilas independientes es necesario que estén separadas por una distancia de 1,2 m tanto horizontal como vertical, ya sea libre o con materiales no combustibles.

- La distancia del almacenamiento a vías de circulación deberá ser de 5 m, entendiendo por distancia la longitud expresada en metros libre de materiales combustibles. Esta distancia podrá reducirse a 0 con elementos de sectorización de RF 120 minutos.
- Instalar sistemas de monitorización de la temperatura del almacenamiento, incluyendo alarmas y procedimientos de actuación y emergencia en caso de que dicha temperatura supere los 60 ºC
